Solidaridad en Conflictos
Ir a la página principal del TEL
8 de junio de 2010
Ademys denuncia nuevo procesamiento de su Secretario de Prensa
Campaña contra la persecusión sindical
Carlos Oroz ya habia sido absuelto pero se lo vuelve a perseguir

• basta de persecución política a Carlos Oroz

• en rechazo a la decisión de la cámara de juzgarlo por una causa por la que ya fue absuelto.

• no al nuevo procesamiento y por la ratificación del fallo absolutorio

• no a la judicialización de la protesta social.

Antecedentes

El día 25 de marzo de 2009 convocamos desde nuestro sindicato a la realización de una clase pública frente al domicilio de la por entonces Vice Jefa de Gobierno, Gabriela Michetti, en el marco del plan de lucha de los docentes de la Ciudad.

Por orden del Fiscal Walter López, personal policial labró un acta por supuesta violación del artículo 78 del Código Contravencional (interrupción de la libre circulación vehicular). A pesar que en la declaración en la fiscalía quedó probado que, como dice el artículo del código la acción había sido debidamente informada (conferencia de prensa, salida en medios gráficos, televisión y radios), el fiscal López, por instrucciones del Gobierno de Macri decidió elevar la causa a Juicio oral y público.

El juicio se celebró a partir del 4 de noviembre de 2009, en el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas número 11 a cargo del Juez Marcelo G. Bartumeu Romero.

El 20 de noviembre de 2009, el juez interviniente haciendo eje en que ninguna autoridad podía ignorar la realización de la clase pública ante la difusión que esta había tenido con anterioridad a su realización, dictó la absolución de nuestro compañero Secretario de Prensa Carlos Oroz.

El fiscal del macrismo apeló y ahora la Sala II de la Cámara de apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, compuesta por los Dres. Fernando Bosch, Marcela De Langhe y Pablo Bacigalupo, resolvió la nulidad de todo lo actuado, declarar la incompetencia de este fuero y disponer la remisión para sorteo de juzgado a la cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional de la capital federal. Es decir se eleva a la Justicia Penal para que se investigue ya no una falta contravencional sino un delito previsto en el Código Penal, la violación del artículo 194, que plantea penas de 3 meses a 2 años de cárcel. SE PRETENDE DOBLE JUICIO POR UN MISMO HECHO VIOLANDO TODAS LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.

Los abogados actuantes en defensa de nuestro compañero, presentaron recurso de inconstitucionalidad y solicitaron se proceda a elevar la causa al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para que oportunamente, haga lugar al presente recurso y revoque por arbitraria la resolución de la citada Sala II dictada el 20 de abril de 2010, confirmando la sentencia absolutoria.

Ademys ASOCIACIÓN DOCENTE Santiago del Estero 443 CABA - 4381 5400 - www.ademys.org.a

Ir a la página principal del TEL